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Aplazar deuda con la SS sin aval: el umbral sube a 150.000 euros desde el 1 de agosto

El Real Decreto 643/2026 (en vigor desde el 1 de agosto) eleva de forma relevante el límite por debajo del cual se puede aplazar una deuda con la Seguridad Social sin aportar garantías: hasta 150.000 euros, frente a los 30.000 euros anteriores. Si además se abona al menos un tercio en los diez días siguientes a la concesión, el umbral sin aval llega hasta 250.000 euros con un plazo máximo de dos años para el resto. La tramitación de los aplazamientos sin garantía será automatizada.

El mismo RD amplía el plazo para comunicar la baja de un trabajador o variación de datos a la TGSS: de 3 días naturales a 6 días naturales — alivio real en agosto cuando el equipo de administración está de vacaciones.

Hay también una obligación nueva: informar del código de ocupación (CNO) de cada trabajador. El plazo de adaptación es de seis meses, hasta febrero de 2027, sin penalización.

Para autónomos o pymes que acumulen deuda con la SS en un mes de liquidez tensa, el aplazamiento sin aval ya no exige pasar por el banco. Es el cambio más práctico de la norma.

Fuente: Real Decreto 643/2026, de 29 de julio — BOE-A-2026-16557 ↗

Jubilación flexible desde el 28 de agosto: cobrar el 25% de la pensión mientras sigues de alta

El Real Decreto 416/2026 permite a los autónomos que hayan alcanzado la edad ordinaria de jubilación con pensión contributiva reconocida compatibilizar su actividad con el cobro del 25% de la pensión. El 75% restante queda suspendido mientras dure el alta en el RETA — y se recupera íntegro al darse de baja definitiva.

Condiciones a verificar antes del 28 de agosto:

La medida no es una rebaja de pensión: el porcentaje suspendido vuelve completo al cesar. Es una vía regulada para quienes prefieren mantener ingresos activos sin renunciar al reconocimiento ya obtenido. Antes de solicitarla, conviene modelizar el impacto en IRPF: la pensión parcial tributa como rendimiento del trabajo y se suma al resto de rendimientos del ejercicio.

Fuente: Real Decreto 416/2026, de 27 de mayo — BOE ↗

IPC al 3,5% en julio: el freno invisible a los tipos bajos

El INE adelantó el IPC de julio en el 3,5% anual — una décima más que en junio, impulsado por combustibles y electricidad. La inflación subyacente (excluye energía y alimentos frescos) subió al 3,0%. El PIB del segundo trimestre creció un 2,7% interanual, ratificando el ritmo del primero.

Lo que esto cambia en la práctica:

Fuente: INE — Indicador adelantado IPC julio 2026 ↗

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