Agosto es el mes más tranquilo del BOE. Pocas leyes, ningún decreto urgente de calado. Pero las obligaciones tributarias no cierran por vacaciones: el tercer trimestre acaba el 30 de septiembre y el 20 de octubre vencen los modelos 303, 130 y 202, entre otros. Quedan menos de ocho semanas. Esta semana, tres temas concretos: el impuesto sobre hidrocarburos se va extinguiendo antes de que acabe el verano, la factura electrónica entre empresas ya tiene reglamento publicado, y el calendario del Q3 merece una revisión ahora para no llegar a octubre con sorpresas.
OCTUBRE
Modelo 303 y 130: el 20 de octubre vence el Q3
El tercer trimestre de 2026 —julio, agosto y septiembre— se liquida ante Hacienda el 20 de octubre. Esa fecha concentra el IVA (Modelo 303), los pagos fraccionados de IRPF en estimación directa (Modelo 130) y en estimación objetiva (Modelo 131), las retenciones de trabajo y alquileres (Modelos 111 y 115), y el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades para el ejercicio en curso (Modelo 202).
Si domicilias el pago, el plazo de presentación adelanta al 15 de octubre. En la práctica, quiere decir que el cierre contable del verano debe estar listo antes de mediados de mes. Si esperas al 19 de octubre para mirar los números de julio y agosto, ya no hay tiempo para tomar decisiones.
La rebaja en gasolina y diésel termina en septiembre
El Real Decreto-ley 18/2026 estableció una reducción temporal del Impuesto sobre Hidrocarburos: 15 céntimos por litro en julio, 10 en agosto y 5 en septiembre. En octubre, el tipo vuelve a la normalidad. La misma norma extiende hasta el 30 de septiembre las ayudas directas al transporte de carretera —autónomos y empresas con licencia de transporte incluidos— y al diésel agrícola.
Si tienes vehículo afecto a tu actividad, agosto es el último mes con una reducción de dos dígitos. En septiembre se reduce a la mitad. En octubre desaparece.
El Real Decreto 238/2026, publicado en el BOE el 31 de marzo, regula la obligación de emitir y recibir facturas electrónicas entre empresas y profesionales (B2B). Es distinta de Verifactu —que controla los sistemas de software de cara al fisco— y afecta directamente a cómo se intercambian facturas entre empresas.
Los plazos son escalonados y empiezan a contar desde que entre en vigor una Orden Ministerial de desarrollo, aún sin publicar: empresas con volumen de operaciones superior a 8 millones de euros anuales disponen de 12 meses; el resto de empresas y autónomos, 24 meses. La AEAT está obligada a tener lista una plataforma gratuita al menos dos meses antes de la primera aplicación efectiva. El reloj empieza cuando salga la Orden.
La trampa del Q3 no es el plazo: es esperar al plazo para mirar los números. Si esta semana dedicas dos horas a cerrar la contabilidad de julio y agosto, llegas al 20 de octubre sin sorpresas y con margen para tomar decisiones antes de que el plazo apriete.
Balance Semanal
Recíbelo cada semana en tu correo: fiscalidad, negocios, economía y tecnología. Sin relleno.